null Propietario, arrendador o inquilino: ¿Qué seguro de hogar te conviene?

NOTICIA - Seguros útiles

30/05/2022

Propietario, arrendador o inquilino: ¿Qué seguro de hogar te conviene?

Tener un seguro de hogar que proteja el inmueble, los bienes en su interior y la responsabilidad civil del residente es indispensable independientemente de tener la vivienda en propiedad o vivir de alquiler.

Aunque contar con un seguro de hogar no es obligatorio, salvo que la vivienda esté hipotecada, es muy recomendable. La vivienda supone una gran inversión económica, las familias atesoran en ella gran parte de sus bienes personales y, además, los siniestros en el ámbito del hogar pueden provocar graves desperfectos muy costosos.

Por tanto, suscribir una póliza de hogar es una medida muy aconsejable tanto si se es propietario de la vivienda como si se alquila, con pólizas y coberturas que se adaptan a las necesidades de cada uno. En este artículo vamos a ver qué tipo de seguro puede interesar más y menos a cada uno en función de tres grandes coberturas.

  • Continente. Se refiere al inmueble en sí, a su estructura (paredes, suelos, fachada y tejados) y elementos como las cañerías del agua, las tuberías del gas y la instalación eléctrica.
  • Contenido. Es todo aquello que la familia tiene en el interior de su piso o casa, desde los muebles y electrodomésticos hasta sus joyas y otros bienes personales.
  • Responsabilidad civil. Esta cobertura es la que cubre al tomador del seguro en caso de siniestros que ocurran en su vivienda y provoquen daños, tanto materiales como personales, a un tercero, como puede suceder en caso de una filtración de agua a la vivienda de un vecino.

Propietario

Para el propietario que usa su piso o casa como vivienda habitual o como segunda vivienda, los más interesante es suscribir una póliza lo más completa posible. En concreto, un seguro que proteja con la cuantía suficiente tanto el continente como el contenido, ya que tanto el inmueble como los enseres que hay en su interior son su patrimonio. Además, al ser tanto propietario como residente habitual de la vivienda, resulta indispensable que cuente con la cobertura de responsabilidad civil para evitar imprevistos que puedan afectarle de manera significativa al bolsillo.

Arrendador

Cuando el propietario de la vivienda la destina a alquiler, su mayor interés puede ser proteger con una póliza de hogar el inmueble en sí, es decir, el continente. En primer lugar, porque la ley de Arrendamiento Urbanos le obliga a realizar todas las reparaciones necesarias para conservar la vivienda en las condiciones de habitabilidad. Si se alquila ese piso con muebles o electrodomésticos, también es aconsejable asegurar al menos el contenido con el valor de esos bienes.

Por último, el propietario también puede protegerse frente a los daños que la vivienda y sus elementos puedan provocar a un tercero y que no sean derivados de la acción de su inquilino, como puede ser la rotura de una cañería o desprendimientos del tejado o la fachada.

Inquilino

Para el arrendatario de un piso o una casa también es muy aconsejable tener un seguro de hogar. En primer lugar, porque, aunque la vivienda no sea de su propiedad, en su interior contará con sus bienes personales: una póliza de hogar le protege, por ejemplo, frente a un posible robo. Además, como residente puede provocar, por su acción, desperfectos y daños a terceros, como inundar la vivienda de un vecino por dejar abierto un grifo. Por ello, resulta también muy recomendable contar con la cobertura de responsabilidad civil.